Novedades Fiscales en Navarra

El Gobierno de Navarra prorroga hasta final de año el IVA del 4% por compra vivienda y modifica la normativa en relación al modelo anual de operaciones con terceras personas (F-50)
 
Prórroga hasta final de año el IVA superreducido del 4% por la compra de vivienda
 
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy una modificación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2012 el tipo superreducido del 4% por la adquisición de vivienda, más dos plazas de garaje y los anexos que se transmitan conjuntamente con aquella.
 
Cabe recordar que el pasado mes de agosto el Ejecutivo foral rebajó el tipo impositivo del 8% al 4%, con carácter temporal, hasta finales de 2011. La medida supone un ahorro de entre 5.000 y 10.000 euros para unas viviendas de entre 125.000 y 250.000 euros (IVA excluido).Esta modificación de la Ley Foral 19/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido se realiza para armonizar la tributación del IVA en Navarra con los cambios introducidos en la legislación de régimen común por el Gobierno de España, tal como establece el Convenio Económico entre la Comunidad Foral y el Estado.
 
El Gobierno de Navarra simplifica las obligaciones informativas para los declarantes del IVA inscritos en el Registro de Devoluciones Mensuales (Ya no deberán presentar en ningún caso la declaración anual de operaciones con terceras persona)
 
El Gobierno de Navarra ha aprobado hoy un decreto foral que simplifica las obligaciones informativas para aquellos declarantes del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) inscritos en el Registro de Devoluciones Mensuales (1.045 declarantes en la actualidad).Hasta ahora, quienes están inscritos en dicho Registro, además de presentar una declaración informativa mensual, debían presentar también la declaración anual de operaciones con terceras personas cuando realizaran una serie de operaciones específicas, tales como la percepción de subvenciones, el arrendamiento de locales de negocios, el cobro de honorarios, la recepción de importes en metálico superiores a 6.000 euros, la transmisión de inmuebles sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido y las operaciones de compensaciones agrícolas con recibo, entre otras.Con las modificaciones contenidas en el decreto foral aprobado hoy, estos contribuyentes informarán de todas sus operaciones en su declaración informativa mensual, por lo que ya no deberán presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas en ningún caso.
 
Modificaciones para facilitar el control tributario
Por otro lado, también se ha modificado la declaración de operaciones con terceros para aclarar los criterios de imputación temporal y las operaciones que han de ser incluidas cuando el contribuyente tribute en determinados regímenes del IRPF y del IVA, así como para que los datos declarados se desglosen por trimestres, para así facilitar la gestión y el control tributario de las declaraciones.