| Nuevo Curso On-Line | |
| Prevención del Blanqueo de Capitales | |
| Nuevas obligaciones para empresas y profesionales. Ley 10/2010 | |
![]() |
|
PresentaciónTras la entrada en vigor de la Ley 10/2010, sobre Prevención del Blanqueo de Capitales y financiación del Terrorismo, España ha introducido medidas más rigurosas que plantean serios retos de cumplimiento para las empresas. |
![]() |
Esta regulación afecta a numerosos sectores de la economía además de las instituciones financieras, como los intermediarios en la concesión de préstamos y créditos, las que legalmente y sin autorización administrativa expresa se dediquen a la concesión de préstamos y créditos, incluyendo crédito al consumo, crédito hipotecario y financiación de transacciones comerciales, las de “factoring” con o sin recurso. las de arrendamiento financiero, incluyendo las actividades complementarias. la emisión y gestión de tarjetas de crédito, la concesión de avales y garantías y suscripción de compromisos similares, los corredores de seguros, los casinos de juego, las actividades de promoción inmobiliaria, agencia, comisión o intermediación en la compraventa de inmuebles, las personas físicas o jurídicas que actúen en el ejercicio de su profesión como auditores, contables externos o asesores fiscales los notarios, abogados y procuradores quedarán sujetos cuando participen en determinadas operaciones, Actividades relacionadas con el comercio de joyas, piedras y metales preciosos, las actividades relacionadas con el comercio de objetos de arte y antigüedades, las actividades de inversión filatélica y numismática, las actividades de transporte profesional de fondos o medios de pago, las actividades de giro o transferencia internacional realizadas por los servicios postales, la comercialización de loterías u otros juegos de azar respecto de las operaciones de pago de premios y todos las personas físicas o jurídicas que comercien profesionalmente con bienes, únicamente en la medida en que los cobros o pagos se efectúen con determinados medios de pago (papel moneda y moneda metálica, cheques bancarios al portador o cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, al portador) por importe superior a quince mil euros (15.000 €), ya se realicen en una o varias operaciones entre las que parezca existir algún tipo de relación. Estas personas quedarán sometidas sólo a la obligación de identificación del cliente y a determinadas obligaciones de información, prohibición de revelación y conservación de documentación previstas en la Ley.
Arnaut & Iberbrokers, en su afán proactivo del tratamiento de los riesgos empresariales es especialista en la implementación de procesos de calidad para la prevención del blanqueo de capitales, y como estudiosos y analistas de la norma de PBC en los últimos 15 años, han creído conveniente la creación de un curso sobre esta materia.
![]() |
Volver |


